BENEFICIOS DEL ÁREA ECONÓMICA DE PANAMÁ PACIFICO.
El área especial de Panamá Pacífico brinda beneficios para empresas que se establezcan dentro de su circunscripción, siendo los más importantes contar con un sistema integrado para trámites dentro de este sector, leyes migratorias y laborales especiales e incentivos fiscales.
En cuanto a los beneficios fiscales, en la República de Panamá, existen impuestos nacionales directos e indirectos, sin embargo, las exoneraciones pueden variar dependiendo de la actividad a desarrollar en esta área, no obstante, le transcribimos lo expuesto por la Dirección General de Ingresos referente a los beneficios de esta área especial, siendo esta la siguiente:
“El Área Panamá-Pacífico es un área o zona libre de todo impuesto para las empresas del Área Panamá-Pacífico, el Operador y el Desarrollador, excepto por lo dispuesto en el artículo 60 de la presente Ley en materia de Impuesto sobre la Renta, Impuesto de Dividendos, Impuesto Complementario e Impuesto sobre Remesas al Exterior y en materia de servicios inherentes al ejercicio de profesiones reguladas de manera especial por la legislación nacional vigente. Por consiguiente, todas las actividades, negocios, servicios, operaciones o transacciones dentro del Área Panamá-Pacífico estarán ciento por ciento libres de impuestos directos e indirectos, contribuciones, tasas, derechos y gravámenes nacionales, incluyendo, pero sin limitar, las siguientes exoneraciones:
- Exoneraciones de todo impuesto, contribución, tasa, gravamen o derecho de importación sobre todo tipo o clase de mercancías, productos, equipos, servicios y demás bienes en general introducidos en el Área Panamá-Pacífico, incluyendo, pero sin limitar, maquinarias, materiales, envases, construcción, materias o mercancías prefabricadas, materias primas, combustibles y lubricantes, insumos, productos finales, grúas, vehículos, automóviles, artefactos, suministros y repuestos introducidos en el Área Panamá-Pacífico.
- Exoneración del Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Corporales Muebles y la Prestación de Servicios sobre todo tipo o clase de mercancías, productos, equipos, bienes, servicios y demás bienes en general introducidos al Área Panamá-Pacífico, así como de cualquier impuesto, tasa o derecho a la prestación de servicios. Esta exoneración incluye el arrendamiento financiero sobre cualquier equipo u otro bien mueble, así como los equipos, materias primas e insumos.
- …
- Exoneración del pago de cualquier derecho de licencia o registro comercial o industrial.
- Exoneración de Impuesto de Timbres.
- Exoneración, sobre las mejoras comerciales e industriales, del Impuesto de Inmuebles sobre el terreno y las mejoras, así como del Impuesto de Transferencia de Bienes Inmuebles. Para los fines del Impuesto de Transferencia de Bienes Inmuebles, en las escrituras públicas respectivas deberá hacerse constar solamente que el bien inmueble que se trasfiere está ubicado dentro del Área Panamá-Pacífico y no será necesario hacer constar la exoneración del pago del impuesto y los datos de la declaración jurada correspondiente, pudiendo los notarios públicos dar fe del respectivo contrato.
- Exoneración de cualquier impuesto de exportación o reexportación de todo tipo o clase de mercancías, productos, equipos, bienes o servicios.
- Exoneración de todo impuesto, tasa, derecho, gravamen, retención u otros cargos de similar naturaleza aplicados sobre pagos a acreedores extranjeros, por los intereses, comisiones, regalías y otros cargos financieros generados por el financiamiento o refinanciamiento otorgados a las empresas del Área Panamá-Pacífico, al Operador y al Desarrollador a que hace referencia esta Ley, y por el arrendamiento financiero de equipo necesario para el desarrollo de las actividades, negocios u operaciones realizadas en el Área Panamá-Pacífico.
- Exoneración del pago del impuesto aplicado a las llamadas telefónicas internacionales.”
Entre los beneficios laborales más relevantes están:
- Tasa fija por horas extras con un máximo del 25% y por laborar en días de fiesta o duelo nacional.
- Días de descanso semanal negociable.
- Se permite un máximo de un 15% de fuerza laboral extranjera.
En cuanto al aspecto migratorio, las visas se tramitan en las instalaciones del Área Panamá Pacífico, visados especiales para trabajadores (que se pueden extender a familiares inmediatos) y para inversionistas.
Entre los beneficios migratorios demos mencionar:
- Visas especiales de inversionistas y
- Visas para reagrupación familiar (familiares de los trabajadores) y permisos de trabajo para extranjeros.
- Oficinas del Servicio Nacional de Migración en Panamá Pacifico.
- En cuanto al personal extranjero contratado en calidad de trabajador especializado tiene derecho a importar 100% libre de impuestos, por una sola vez, todo tipo de artículos para uso personal, hasta la suma de US$ 100,000.00.
Cuentan con facilidades en la oficina de Aduanas, ya que poseen instalaciones en el área especial, disponibilidad de 24 horas para solicitudes y un sistema basado en auditorias post inventario.
De igual forma le brinda estabilidad del Régimen Jurídico de las inversiones aplicable por el término de 10 años, los cuales inician desde que la empresa se registra en Panamá Pacifico.
En caso de que su empresa tenga un capital de US$ 200,000.000.00 entre todas sus sucursales a nivel mundial, puede optar por la inscripción como empresa SEM, la cual tiene otra serie de beneficios, los cuales de estar interesado no dude en contactarnos.