El sistema de notificaciones judiciales cambió radicalmente con la entrada en vigencia del nuevo CPC. Las notificaciones ya no dependen exclusivamente del notificador judicial ni de edictos físicos.

A continuación, explicamos de forma clara cómo funciona este nuevo esquema.


1. La notificación electrónica se vuelve protagonista

El nuevo CPC permite que las resoluciones sean notificadas por correo electrónico, siempre que la parte indique la dirección que utilizará.

Esto implica:

  • las partes reciben avisos más rápido
  • evita retrasos por falta de notificador
  • se registra automáticamente en el expediente digital

Para muchos clientes esto representa un avance significativo en eficiencia y control.


2. Edicto electrónico en lugar de tablero físico

El edicto ya no debe pegarse en la puerta del juzgado.
Ahora se publica en línea, en la plataforma oficial del Órgano Judicial.

Esto facilita:

  • acceso público
  • constancia digital verificable
  • consulta inmediata desde cualquier dispositivo

3. La notificación personal no desaparece, pero se moderniza

Se mantiene la notificación personal en estos casos:

  • cuando la ley lo exige
  • cuando se trata del inicio del proceso
  • cuando se requiere certeza absoluta de que la parte recibió la comunicación

Sin embargo, ahora puede realizarse también ante notario o mediante métodos más ágiles.


4. Conducta concluyente: una forma moderna de notificación tácita

Si una persona actúa en el proceso (por ejemplo, presenta un escrito) sin haber sido formalmente notificada, el CPC permite considerar que la notificación se tuvo por hecha.

Esto evita maniobras dilatorias basadas en negar notificaciones.


Conclusión

El sistema de notificaciones ahora es más rápido, digital y accesible.
Para clientes y abogados, esto se traduce en procesos más eficientes y menores costos.

Nuestro despacho puede asesorarle sobre cómo registrar medios electrónicos válidos y cómo proteger sus derechos dentro del nuevo régimen de notificaciones.